Este martes, desde la Confederación Farmacéutica Argentina (CFA) aclararon que las únicas recetas que ya no tendrán validez para solicitar tratamiento en las farmacias son aquellas confeccionadas en papel y enviadas “como foto” a través de mail o Whatsapp.
Así lo confirmó Ricardo Pesenti, presidente de la CFA: “Toda receta (manuscrita) tiene que llegar en forma física a la farmacia”, ya que no se aceptarán “recetas en fotos”, explicó en diálogo con Télam.
Tras el anuncio de la medida, el presidente de la CFA remarcó que “la foto de una receta no es lo mismo que una receta digital, que siguen vigentes”, sostuvo.
Las digitales, explicó Pesenti este martes, son las prescriptas “con firma digital y sello de competencia de los médicos” en un software oficial que garantiza seguridad digital y trazabilidad, en la que el personal médico “ya está chequeado”.
Al mismo tiempo, ratificó que las prescripciones digitales o electrónicas “no son afectadas” por la reciente medida del Ministerio de Salud de la Nación.
La Resolución 3622/22 publicada este lunes en el Boletín Oficial derogó la Resolución N° 696 del 2020, que autorizó modificaciones en la prescripción y dispensa de medicamentos psicotrópicos u otros para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia sanitaria por el Covid-19, que justamente vence el sábado que viene, luego de haber sido prorrogado el Decreto N° 867/21 por un año.
Esa normativa permitía a todos los pacientes solicitar recetas a los médicos por mensajes de WhatsApp o por correo electrónico, para evitar recurrir a los centros de salud, en momentos en que el virus se expandía por todos lados.
“Se vuelve al sistema que regía antes de la pandemia, o sea la receta en papel con firma holográfica del médico, o la receta electrónica o digital para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas, como por ejemplo el PAMI”, explicó a Télam Claudio Ortiz, subsecretario de Calidad, Regulación y Fiscalización del organismo.
Los motivos de la derogación se deben a que la vía de excepción implementada durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) “no tiene todos los mecanismos de seguridad que sí tienen las recetas electrónicas o digitales, y era solo aceptable en un contexto de emergencia”, explicó Ortiz.
En cambio, con las recetas electrónica o digitales, “la identificación del paciente, el profesional y el medicamento se hacen de acuerdo con mecanismos de seguridad que las hacen unívocas, lo que no ocurre con las fotos de las recetas en papel, que, por ejemplo, pueden ser falsificadas”, agregó.
En este sentido, el funcionario remarcó que con la nueva medida, y “como antes del ASPO, los pacientes crónicos pueden recibir las recetas correspondientes a 60 o 90 días de tratamiento para evitar la concurrencia mensual”.
Otra alternativa posible para los pacientes es que “reciban la receta electrónica/digital con firma electrónica, si su prestador dispone de ese sistema”.
Consultado sobre si la nueva regulación también comprende las prescripciones enviadas a clínicas, hospitales y/o exámenes de laboratorios, Ortiz aclaró que abarca “solo a prescripción de medicamentos y su venta en farmacias”.
Si bien la ley de prescripción de recetas electrónicas y la teleasistencia en salud, que fue aprobada por el Senado el 23 de julio de 2020 aún “no está reglamentada, tiene un expediente de reglamentación que se está tramitando en el ministerio”, aseguró Ortiz.
Situación epidemiológica actual
Sin embargo, desde la cartera de Salud consideraron que actualmente “resulta pertinente actualizar y reordenar la normativa de este Ministerio de conformidad a la situación epidemiológica actual, los avances alcanzados con el plan estratégico de vacunación contra la COVID-19 y la alta inmunidad con que cuenta la población”.
Según los últimos datos oficiales, desde que se inició la campaña nacional de vacunación contra el COVID-19 y hasta el 19 de diciembre pasado, se alcanzó una cobertura del 82% en población general y 86,1% en mayores de 3 años con esquema primario, mientras que la cobertura con el primer refuerzo llegó al 47,6% en la población general y al 74,7% en mayores de 60 años. En tanto, la vacunación con el segundo refuerzo alcanzó a apenas 14,7% de la población general y al 36,9% de los mayores de 60 años.
Si bien desde el Ministerio de Salud remarcaron que el impacto del Covid-19 en 2022 se da en el marco de una población con altas coberturas de vacunación, con baja incidencia de la enfermedad y la mortalidad, luego de 14 semanas de descenso sostenido de casos se registra un nuevo período de aumento en las últimas seis semanas, siendo éste más acelerado en las últimas tres semanas.
La nueva resolución aclaró que al día de hoy la ocupación de camas de terapia intensiva por Covid-19 en todas las provincias se ubica por debajo del 78% de ocupación y que la cantidad de pacientes en UTI reportados por las jurisdicciones presenta un “leve aumento” en las últimas dos semanas.
Asimismo, alertaron que a pesar que la población cuenta con alta inmunidad contra SARS-CoV 2 -natural y por vacunas-, es susceptible a otros virus respiratorios que hace dos años no circulan o tuvieron baja circulación, sobre todo en niños, que son uno de los principales transmisores. Por eso, mantienen las recomendaciones de utilizar barbijos en espacios cerrados y continuar adaptando el uso de medidas de protección efectivas y adecuadas a nivel individual para reducir la transmisión, como el lavado de manos y el uso de alcohol en gel.-
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